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RESOLUCION de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se revoca la autorización sanitaria.

Publicado el 16/05/2003 (Nº 59)
Sección: BOA V. Anuncios - Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE SALUD, CONSUMO Y SERVICIOS SOCIALES

Texto completo:

RESOLUCION de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se revoca la autorización sanitaria.

Por esta Dirección Gerencia se ha visto el expediente abierto a los efectos de comprobar si la autorización sanitaria de funcionamiento correspondiente a la industria Antonia Hernández Aguilar y nº.R.S. 20.32376/Z con domicilio en c/Santa Teresita, 2 de Zaragoza, reúne los requisitos legales establecidos.

I. Antecedentes

Primero.-Comprobado por el Servicio de Inspección el día 22-8-2002 la ausencia de actividad en la Industria, la Gerencia de Area envió comunicación, requiriéndole que en caso de no recibir contestación alguna en el plazo de 30 días, se procedería a darle de baja en el Registro General Sanitario de Alimentos.

Segundo.-Con fecha 4-12-2002, se emitió informe por parte de la Gerencia de Area en el sentido de considerar la conveniencia de la cancelación de la autorización sanitaria, obrante en el expediente.

II. Fundamentos jurídicos

Primero.-Corresponde a la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud dictar la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 227/1999 del Gobierno de Aragón.

Segundo.-De acuerdo con el artículo 9 (del Real Decreto 1712/1991, corresponde a la Dirección Gerencia del S. A.S. la revisión de las inscripciones realizadas en el registro sanitario.

Tercero.-Al no poder llevar a cabo la inspección de las instalaciones y de acuerdo con el informe de la Gerencia de Area del S. A.S., procede la revocación de la autorización sanitaria concedida en su día.

En consecuencia, el Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud resuelve revocar la autorización sanitaria concedida a favor de Antonia Hernández Aguilar y nº.R.S. 20.32376/Z

Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Consumo en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con los artículos 107 y 114 y siguientes de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y art. 54 de la Ley 11/1996 de 30 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Zaragoza, 12 de febrero de 2003.-El Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud, Alfonso Vicente Barra.